jueves, 1 de mayo de 2014

La no reelección

  • Un paso y no el único contra la corrupción.
La Comisión de Constitución del Congreso aprobó recientemente el proyecto de ley que prohíbe la reelección inmediata de los presidentes regionales y de los alcaldes por la vía de la reforma de la Constitución. El cambio debe ser votado por el pleno del Congreso en dos legislaturas sucesivas conforme lo establece el artículo 206° de la Constitución y será vigente para las elecciones del 2016, debido a que los comicios de octubre de este año ya fueron convocados.
El Congreso da así un paso decisivo, el primero de los que se requieren, para impedir la formación de redes ilegales en las regiones y municipios.
El dictamen obedece a cuatro proyectos de ley propuestos por las bancadas de Gana Perú, Acción Popular-Frente Amplio y Perú Posible y fue aprobado por una amplia mayoría compuesta por casi todas las bancadas, con excepción del PPC.
Uno de los argumentos a favor del cambio gira en torno a que la reelección inmediata en estos niveles de gobierno genera redes de corrupción que se evidencian a través del uso de los recursos públicos. Se aplica para este caso el mensaje de “reelección es corrupción” usado el año 2000 para la modificación del artículo 112° de la Constitución bajo cuyo amparo y tramposa interpretación Alberto Fujimori consumó la ilegal re-reelección.
El manejo de los recursos públicos en las campañas reeleccionistas se ha generalizado en los últimos años, ayudado por el incremento de los presupuestos regionales y municipales y la falta de control del financiamiento de las campañas electorales. De ese modo los argumentos válidos contra la reelección inmediata del Presidente de la República valen para los cargos de elección popular de autoridades que ejecutan presupuestos.
Evitar el uso de los recursos públicos en las campañas electorales excede el concepto de vigilancia de lo que les pertenece a los peruanos. Se relaciona también con la necesidad de garantizar a los ciudadanos que sus opciones electorales sean tratadas con transparencia y neutralidad y para que los derechos de participación política se ejerzan en condiciones de igualdad. Contra estos principios, las campañas reeleccionistas se han convertido en procesos en los cuales unos usan ventajas y privilegios que anulan el deber general de neutralidad que obliga a funcionarios y servidores estatales a mantenerse al margen de la competencia.
Los casos de los gobiernos regionales de Áncash y Tumbes ponen sobre la mesa la imperiosa necesidad de suprimir los incentivos de la corrupción y de la organización de redes ilegales y la prohibición de la reelección inmediata es una medida crucial. Contra lo que afirman los escépticos de esta reforma constitucional esta medida no debilitará sino al contrario fortalecerá el proceso de descentralización.
Otras reformas deben ser no obstante aprobadas. La más urgente es la revisión de los mecanismos de control de las regiones y municipios porque luego de varios presidentes regionales y alcaldes vacados, condenados o perseguidos por actos de corrupción en una magnitud inédita quedan muy claras las debilidades y omisiones del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General, que en este tema exhiben una actitud inmovilista y reacción muy tardía. Se puede decir lo mismo de otras reformas políticas que limiten el dinero privado en las campañas y garanticen el financiamiento público, hagan vinculante la rendición de cuentas y fortalezcan a los partidos y su democracia interna.
(Editorial del diario “La República”, 1º de Mayo del 2014))

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